Ajuntament de Silla

Sistema Interno de Información

¿Has detectado una infracción en el Ayuntamiento de Silla y puedes aportar pruebas de esta?

Utilizando la aplicación, que garantiza la confidencialidad, puede hacer que se investigue el caso y se actúe para mejorar la integridad del sector público

Puede escoger una comunicación totalmente anónima.

Puede hacer el seguimiento de la comunicación a través de un canal seguro y conversar con el órgano gestor del buzón, independiente en el ejercicio de sus funciones.

El Sistema Interno de Información es el canal preferente de información para que las personas físicas , que obtuvieran información en un contexto laboral o profesional, puedan informar sobre las acciones u omisiones previstas en el artículo 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora .la corrupción, infracciones graves o muy graves y aquellas incluidas incluidas en el anexo  de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y Consejo de 23 de octubre de 2019, relativas a las persona que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Puede utilizarse por los empleados públicos del Ayuntamiento y por los informantes que comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenidas en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada, voluntarios, becarios, trabajadores en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, así como a aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.

El Sistema Interno de Información garaantiza la confidencialidad de todas las informaciones y de la identidad del informante, también se ofrece un espacio de comunicación seguro para mantener esa confidencialidad.

Se permite la comunicación anónima, por escrito o verbalmente.

Es conveniente señalar, que para evitar que se haga un mal uso del Sistema interno de Información, se aplicarán criterios estrictos para admitir las comunicaciones con la exigencia de responsabilidad civil, penal o administrativa de personas que comuniquen hechos con abuso de derecho o vulnerando el principio de buena fe. Es decir, denuncias falsas.

  1. Accesibilidad
  2. Buena fe
  3. Protección al denunciante
  4. Confidencialidad
  5. Objetividad e imparcialidad
  6. Transparencia
  7. Los establecidos en el artículo 5 de la Ley 2/2023

El objetivo de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción es proteger frente a represalias a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en la misma.

La Ley transpone la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo sobre protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

El órgano designado por el Ayuntamiento de Silla como responsable del Sistema Interno de Información es el Comité de Ética.

El Ayuntamiento de Silla ha aprobado el procedimiento de gestión del Sistema Interno de Información por Resolución de la Alcaldía 2005/2022, de 12 de enero.

Recibida la información el Comité de Ética designará un/a instructor/a y se analizará la legitimidad del informante de conformidad con el artículo 3 de la Ley 2/2023.

Se citará al informante en un plazo máximo de 7 días naturales a una entrevista para recibir la información y se iniciarán las actuaciones de investigación pertinentes.

El instructor formalizará un informe provisional, tras el cual el Comité de Ética emitirá informe.

El plazo máximo previsto para resolver será de tres meses.

  • Ley 2/2023/, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
  • Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
  • Resolución de la Alcaldía núm. 2005 de 12 de junio de 2023 «Implantación Sistema Interno de Información».
  • Resolución de la Alcaldía 873/2022, de 1 de abril «(…) de constitución del Comité de Ética (…)».
  • Resolución de la Alcaldía 505/2023, de 2 de febrero se resolvió modificar la composición del Comité de Ética.
  • Certificado de acuerdo de Pleno de 28 de junio de 2022 de aprobación del Código de Buen Gobierno del Ayuntamiento de Silla y del Organismo Autónomo Conservatorio de Música de Silla.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Norma ISO 37002:2021 en la medida que sea compatible.
  • Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
  • Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Acceso al Sistema Interno de Información

Esta aplicación es el canal prioritario de admisión de las comunicaciones del Sistema Interno de Información, ya que es el único que garantiza la confidencialidad y permite el anonimato de las comunicaciones durante todo el proceso. Normas reguladoras

  Plaça del Poble 1, Silla, 46460
  Apartat de correus 399
  96 120 01 16
  96 121 22 23